Si bien los acuerdos por palabras son importantes, no hay nada como establecer condiciones jurídicas que hagan que todo sea válido. Ante ello, los contratos civiles cumplen con una función de sustento.

Si te encuentras en el camino inmobiliario o de formación jurídica, te recomendamos poner atención a la siguiente entrada.

¿Qué son los contratos civiles?

Los contratos civiles se establecen como un documento a manera de convenio que sustenta a través de cláusulas, acuerdos entre 2 o más personas. Estos pueden ser celebrados de manera oral o escrita, de acuerdo a los estatutos que enmarque la ley.

Los contratos son válidos siempre y cuando cuenten con los siguientes objetos:

  • Capacidad de las partes
  • Ausencia de vicios del consentimiento
  • Fin y objeto lícito
  • Consentimiento manifestado en la forma

Es indispensable tomar en cuenta el tipo de contrato que se va a celebrar, así como las disposiciones legales bajo las que se establecerá.

Los tipos de contratos civiles son variados, por ello es que existen de tipo:

  • Mercantil
  • Laboral

Si los acuerdos de voluntades entre las partes o si el objeto es un bien o acción lícita, entonces es posible desarrollarlo. Las partes involucradas deberán tener la capacidad para celebrarlo y tener la edad, carácter y poder para manifestar voluntades y consentimientos. En caso de que no se cumpla con dichas especificaciones, el contrato será nulo o inexistente.

¿Qué son los contratos civiles?

Tipos y modelos de contratos civiles

Ámbito inmobiliario

Generales

  • Arrendamiento de trastero
  • Arrendamiento de plaza de garaje
  • Arrendamiento de finca rústica o aparcería
  • Arrendamiento de vehículos a motor
  • Arrendamiento de maquinaria
  • Contrato de comodato.
  • Derecho mercantil.
  • Contrato de seguro.
  • Contrato laboral.
  • Contrato de préstamo.

Tipos y modelos de contratos civiles

¿Quiénes pueden realizar un contrato civil?

Cuando nos referimos a contratos civiles es importante mencionar quienes están facultados para realizar los mismos, por lo que las personas naturales que podrán realizarlos son:

  • Deben ser mayores de edad
  • En caso de no ser mayor de edad necesitan a un padre o representante legal
  • Personas capacitadas legalmente

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Características de un contrato civil 

Las características que debe tener un contrato civil se basa en las siguientes condiciones:

  1. El contenido del contrato consta de cláusulas y reglas establecidas
  2. Se tiene una responsabilidad contractual por las partes involucradas
  3. Existe el consentimiento de las partes interesadas
  4. Se cuida y respalda la autonomía de voluntad
  5. Se crean obligaciones y derechos por ambas partes
  6. El formato del contrato civil puede ser de manera oral u escrita

Características de un contrato civil 

¿Cómo escribir un contrato civil?

  • Formación del contrato
  • Capacidad de las partes
  • Vicios del consentimiento
  • El objeto de los contratos

Formación del contrato

La ley establece que un contrato adquiere formato cuando este acepta los términos de la oferta y aceptación.

En la oferta se considera a una persona que propone la celebración del contrato civil a través de cláusulas y plazos a aceptar, para que la contraparte quede vinculada por dicha oferta hasta cierto plazo. 

Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento si el propietario ofrece rentar y este le dice que tiene un mes para aceptar o no la oferta, entonces pasado ese tiempo el mismo podrá ofrecer la propiedad a un tercero o al contrario darle exclusividad en caso de que acepte.

El contrato entonces comienza a formarse cuando ambas partes aceptan ejecutarlo. 

Formación del contrato

Capacidad de las partes

En este aspecto, nos referimos a como es que los contratantes son personas físicas o morales con la suficiente capacidad legal para celebrar y ejecutar un contrato civil. En caso de no ser así, se dará por nulo el mismo.

Por ejemplo, en el caso de un menor de edad, este carece aún de capacidad para celebrar cualquier tipo de contrato.

Capacidad de las partes

Vicios del consentimiento

Para los vicios del consentimiento se consideran:

  • Error
  • Dolo
  • Violencia
  • Mala Fe

En estos vicios, el Código Civil Federal dispone e indica que si los contratantes proceden con alguna de esas faltas, se podrá invocar a la nulidad del contrato civil sin tener que reclamar indemnizaciones.

Vicios del consentimiento

Objeto de los contratos 

El objeto se define como aquella cosa que el obligado debe dar por el simple hecho de hacer o no hacer.

Un ejemplo sería que en un contrato de compraventa el objeto es el bien inmueble.

En los contratos, el objeto debe existir por naturaleza y debe estar establecido por su condición y/o especie.

Un objeto en un contrato debe ser un objeto o servicio que exista. A la par, esto debe ser posible y lícito en cada momento.

Objeto de los contratos 

Para la realización de un contrato civil es indispensable acudir con un especialista legal en cada materia, para de esta forma crear contratos adecuados a las situaciones. 

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